¿QUÉ SON LOS DERECHOS DE AUTOR O COPYRIGHT?
Símbolos Copyright

La OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) explica que la propiedad intelectual se refiere a las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, etc. Así como a los símbolos, logotipos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.
El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas que garantizan la propiedad intelectual tanto patrimonial como moral, que la legislación otorga al creador de una obra de cualquier tipo (sobre la misma o parte de ella), esté ya publicada o aún permanezca como inédita.
Es importante señalar que para generar los derechos de autor no se exige ninguna inscripción en un registro, sino que nacen con la creación de la obra en si.
Se debe recordar también que aunque existen armonizaciones o convenios internacionales, las leyes de cada país pueden diferir en algunos puntos en especial respecto al plazo de protección tras el cual los derechos de autor expiran.
Esta legislación, también conocida con el término anglosajón Copyright (traducido literalmente como “derechos de copia”, aunque no son exactamente lo mismo), es relativamente moderna en Occidente, no iniciándose legalmente hasta el siglo XVIII.
Fotografías con licencia Creative Commons (CC)
Estas licencias se publicaron en 2002 por Creative Commons, una corporación sin ánimo de lucro fundada en 2001 en los Estados Unidos. En la sección española de su blog puedes encontrar las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre licencias “CC”.
Símbolo Copyright – Estas licencias “Creative Commons” se construyen basándose en cuatro condiciones:
- Reconocimiento.
- No Comercial.
- Sin obras derivadas.
- Compartir Igual.
Combinándolas generan los siete tipos de licencias CC que podemos encontrar en la actualidad y que permiten diferentes usos y se reconocen por estos símbolos:
1. DOMINIO PÚBLICO (CC0)

Esta es la opción más abierta. Ella es consecuencia en realidad de la ausencia de las cuatro condiciones, de forma que el creador ha renunciado por completo a sus derechos de autor equiparando la situación legal a la del dominio público.
2. RECONOCIMIENTO (BY)

Puedes compartir y adaptar la imagen u obra con cualquier finalidad, incluso comercial, con la única condición de reconocer la autoría original (normalmente con un enlace al original).
3. RECONOCIMIENTO – COMPARTIR IGUAL (BY-SA)

Añade a las anteriores la condición de que si remezclas, editas, transformas o creas algo nuevo a partir de ese material fotográfico, deberás difundir el resultado con la misma licencia que tenía el original.
4. RECONOCIMIENTO – NO COMERCIAL (BY-NC)

En este caso además no puedes usar esa imagen para una finalidad comercial o lucrativa.
5. RECONOCIMIENTO – SIN OBRA DERIVADA (BY-ND)

No se permite un uso comercial de la imagen original ni la generación de obras derivadas de la misma.
6. RECONOCIMIENTO – NO COMERCIAL – COMPARTIR IGUAL (BY-NC-SA)

No está autorizado el uso comercial de la obra original ni de las posibles derivadas, que además deben compartirse con la misma licencia y derechos de autor que la original.
7. RECONOCIMIENTO – NO COMERCIAL – SIN OBRA DERIVADA (BY-NC-ND)

Se trata de la más restrictiva de todas las licencias de las imágenes en Internet, puesto que no permite obras derivadas ni el uso comercial de las mismas.
Si quieres utilizar en tus imágenes licencias Creative Commons (o para otras creaciones tuyas), en este post tienes un generador del código HTML que te facilitará crear el icono correspondiente (Imágenes propiedad de Creativecommons.org).
